jueves, 13 de septiembre de 2012




DIÓCESIS




+ Felipe Arizmendi Esquivel




Obispo Diócesis de San Cristóbal de Las Casas




TEMORES INFUNDADOS SOBRE LIBERTAD RELIGIOSA




HECHOS
Varios Congresos locales están en proceso de aprobar o rechazar la reforma que hicieron los senadores y diputados federales al artículo 24 de nuestra Constitución, que se refiere a la libertad religiosa, junto con el artículo 40, que establece que México es un país laico. Se espera la votación de las legislaturas estatales para darles validez constitucional. Varios Estados ya los aprobaron, aunque algunos sólo aceptaron el 40 y rechazaron el 24.
Líderes de la religión Luz del Mundo y quienes forman el Foro Cívico México Laico, han presionado para que se rechace el artículo 24, porque se imaginan cosas que no contiene la propuesta de ley. Dicen que se beneficiaría parcialmente a la Iglesia Católica, lo cual es falso, pues se ampliarían libertades de creencia para todas las personas como individuos, no para las asociaciones religiosas; se respetaría también la libertad de los no creyentes. Dicen que se abriría la posibilidad de que se impartan clases de religión católica en todas las escuelas, imponiéndola a todos los ciudadanos y perjudicando a otras iglesias; esto es igualmente falso. El actual artículo 3, que ordena la educación laica, sigue intocable. Además, para eso se propuso el artículo 40, para definir que el país es laico, lo cual es correcto, pues nadie pide un Estado confesional. La laicidad oficial es garantía de respeto a todas las creencias.
CRITERIOS
El texto aprobado por los senadores y diputados federales se basa en lo acordado por los países desde 1948 en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 18establece: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia".
Igualmente, lo aprobado por los legisladores federales retoma lo ratificado por nuestro país en la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, en el Pacto de San José, del año 1969, que en su artículo 12 dice: "Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado".
En el mismo sentido se pronunció el Consejo de los Derechos Humanos de la ONU, que en su resolución 14/11 del 18 de junio de 2010, afirma categóricamente que "todos tienen el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o credo". Esto concuerda con la resolución 36/55 de la Asamblea General de la ONU, del 25 de noviembre de 1981, que se titula Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y de discriminación fundadas en la religión o las creencias.
La propuesta que analizan los diputados de los Estados concuerda también con lo que establece la Declaración y Programa de Acción de Viena: "La Conferencia Mundial de Derechos Humanos pide a todos los gobiernos que adopten las medidas apropiadas para hacer frente a la intolerancia y otras fórmulas análogas de violencia fundadas en la religión o las convicciones, reconociendo que todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de expresión y de religión" (Parte II, art. 22).
PROPUESTAS
Con todo respeto, sugiero a los diputados de los Estados que faltan de pronunciarse sobre estas posibles reformas, que analicen los argumentos jurídicos y no se dejen presionar por quienes inventan que hay otras intenciones. No se beneficia a ninguna asociación religiosa. No se aprueban privilegios para la Iglesia Católica, ni para otra denominación. No se impondrá educación católica en todas las escuelas. Sigue la restricción de celebrar actos de culto sólo en los templos, y tener que pedir permiso de la autoridad para celebraciones en espacios abiertos. Confiamos en su buen juicio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario