jueves, 15 de marzo de 2012

COMENTARIO A TIEMPO

Por Teodoro Rentería Arróyave


DICTAMEN

PRIMERA PARTE
Es de tal alcance la Federalización de los delitos contra periodistas que alcanza, como lo habíamos exigido, a los trabajadores de prensa, amigos y amistades de los comunicadores que hemos decidido, a partir de ahora, reproducir integro en varias entregas el Dictamen de Comisiones aprobado por el Pleno del Senado de la República para provocar así, en la medida de nuestra labor, un mayor conocimiento de la nueva normatividad, helo aquí:
"Dictamen de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, respecto el proyecto de decreto que adiciona el párrafo segundo de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Honorable Asamblea: A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos fue turnado para su estudio y dictamen el Proyecto de Decreto que adiciona el párrafo segundo de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estas comisiones dictaminadoras, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 85, 86, 94 y 103 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 162, 163, 166 176, 177, 178, 182, 186, 190, 191, 192, 193, 194, 220 , 221 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, habiendo analizado el contenido de la Minuta citada, se permiten someter a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen, al tenor de lo siguiente:
I. Antecedentes 1. El 11 de noviembre de 2011 el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia con Proyecto de Decreto que adiciona el párrafo segundo de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. En sesión ordinaria celebrada en el Senado de la República del día 15 de noviembre de 2011, la Mesa Directiva turnó la Minuta con Proyecto de Decreto referida, a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos para su estudio, análisis y dictaminación.
II. Contenido del proyecto de decreto. La Minuta Proyecto de Decreto en estudio genera un mecanismo de excepción, mediante el cual se faculta a las autoridades federales para conocer de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta.
La Colegisladora considera que dotar de esta facultad de atracción a las autoridades federales, tiene entre sus objetivos, enfrentar el problema que surge cuando existen elementos suficientes que presupongan la necesidad de que sea la Federación la encargada de investigar, perseguir y sancionar algún delito que sea de competencia de las entidades federativas, para lo cual deberá desarrollarse el mecanismo y los supuestos para su procedencia en la legislación secundaria.
Artículo 73. … I. a XX. …XXI. … "Las autoridades federales podrán conocer también de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con delitos federales o delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta". CONTINUARÁ.
Periodista y escritor. Vicepresidente de FELAP y Presidente fundador y vitalicio de FAPERMEX. Agradeceré Sus comentarios y críticas en teodoro@libertas.com.mx, teodororenteriaa@gmail.com y felapvicemex@hotmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.mx, y www.clubprimeraplana.com.mx

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