martes, 27 de diciembre de 2011


Chispero político
Miguel Angel. Carrillo Barrios

INCITA SMAPA A DESPERDICIAR EL AGUA EN TUXTLA

Si el medidor de agua de cualquier ciudadano tuxtleco que cuenta con alguna toma le marca menos de un metro o en ceros, ya sea porque el consumidor no gasta casi nada de agua o bien porque la casa esta deshabitada o porque no posee medidor, el usuario deberá pagar el doble, pues a juicio de los que se encargan de hacer la facturación del pago del servicio, en medio de mega barbaridades o estupideces indescriptibles, aseguran que se debe consumir agua para que ellos deduzcan que "no se posee alguna toma clandestina", que es necesario usar agua, incluso recomiendan que deben incluso regarse los jardines, lavar los pisos o, como podría decirse, desperdiciarla so pena de que de no hacerlo, tiene que pagar doble. En este caso, alguna autoridad con autoridad debe intervenir, pues es en la capital de Chiapas donde lo mismo da gastar dos o tres o nueve metros cúbicos de agua y al final de cuentas la tarifa es la misma. Yo siento que debe empezar a pagarse por consumo y no por tarifa, como lo hacen otras empresas o paraestatales que utilizan la razón y la equidad, pero pareciera que los del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SMAPA) de Tuxtla Gutiérrez, les falta razón y carecen de equidad. Cabe mencionar que desde hace varios años, la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, es una de las que la mayoría de sus habitantes poseen agua permanente en la llave las 24 oras del día, pero también es la ciudad donde mes con mes aumenta un peso la tarifa, la ciudad donde existen miles de tomas clandestinas bajo la mirada discreta de los inspectores y trabajadores de esa paramunicipal, es la ciudad donde solamente se factura el 57 por ciento del agua que bombea y además, es el sistema de agua que cuenta con los sistema de distribución que datan desde hace más 45 años. Hasta el momento se desconoce si trabaja con números rojos o negros y es necesario subrayar que los trabajadores de reparación e instalación de medidores que utilizan más de dos semanas para poder hacer las reparaciones. En fin es necesario que algo se haga para que la paramunicipal SMAPA, realice en primer lugar, la facturación en función del consumo de agua y no arbitraria e inequitativamente; que los trabajos de arreglo de fugas e instalación de medidores no rebasen por lo menos dos meses en su arreglo, que se revisen las tomas clandestinas de agua ya que esto representa casi el 50 por ciento de su ingreso que normalmente debería obtener y así poder tener mayores ingresos y sobre todo que el trato que se da a los usuarios en las oficinas sea el que se merecen.
ABSURDAS PROHIBICIONES HACE EL IFE A AMLO COMO PRECANDIDATO
Según el Diario "La Jornada" y en respuesta a las preguntas que Andrés Manuel López Obrador formuló sobre las actividades que puede realizar como precandidato único, el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), preparó un proyecto en el cual indica que la únicas prohibiciones en precampaña es la de contratar espacios en radio y televisión, llamar a votar por sí mismo y los partidos que lo postulan o en contra de los otros aspirantes. si bien la autoridad electoral admitió que no puede limitar las actividades de los precandidatos, existe la idea entre consejeros y partidos de que se puede ser más explícito. Considero que las limitaciones que hiciera el representante del IFE, son absurdas e incluso inconstitucionales debido a que se están basando, como textualmente se dice: "la idea entre consejeros y partidos de que se puede ser más explícito". Aquí pues, los señores no pueden ni deben asumir acciones o facultades similares a las que están poseen los ministros de la Suprema Corte cuando crean jurisprudencias o criterios que unifiquen una acción jurídica o una disposición ante el vacío de alguna ley o las aplicaciones que violentan preceptos constitucionales. No se sabe si la acción absurda e inconstitucional o "la idea" de los señores se vaya a aplicar a todos los precandidatos o solamente a AMLO, pero puede considerarse hasta burda cuando se dice que no pueden llamar a votar por si mismo, pues es el candidato o los candidatos quienes tienen que pedir a los electores su voto para echar a funcionar sus proyectos de gobierno que les están presentando y es obvio que los representantes de los partidos que los postulan quienes deben reforzar el pedimento de los aspirantes. Ahora, otro de los aspectos que se tornan absurdos es el hecho de no poder contratar espacios en la radio y la televisión; y sólo les faltó que les prohibieran las entrevistas y los medios de comunicación en general. En este aspecto, hay que recordar que la declaración de principios de cada partido es la de fomentar la politización de los ciudadanos y si eso se coarta, los mismos señores consejeros del IFE estarían violentando el mismo COFIPE, pero en realidad puede decirse que el único límite que puede tener un candidato es no recibir dinero del narcotráfico, no recibir facturas del capitalismo a cambio de la sumisión del ejercicio de su gobierno a su favor, no enfrascarse en una verdadera riña de prostitutas borrachas cuando realizan sus consabidos debates; deberían exigirles presentar un excelente proyecto y darlo a conocer al pueblo mexicano, así como que se obliguen a explicar cómo lo desarrollaran o llevarán a cabo, pues desde que se sepa, a todo candidato se le hace muy fácil presentar excelentes proyectos que únicamente se quedan en papelería utópica, casi similar al materialismo utópico de Carlos Marx. En fin, siento que todo va dentro de un verdadero mundo de acertijos y confusiones que distraen al pueblo mexicano para poderle darle atole con el dedo.
"DAN PALO" A DISPOSICIONES ELECTORALES DE CHIAPAS
La Comisión de Receso del alto tribunal determinó admitir la acción de inconstitucionalidad contra el artículo 7 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, publicado el 24 de noviembre de 2011. Como se recordará, dicha disposición textualmente dice: "los ciudadanos que pretendan ser candidatos, de manera previa al registro de su candidatura ante las autoridades competentes, podrán someterse y aprobar en su caso los controles o pruebas de confianza que resulten idóneos para los cargos de elección popular de que se trate". Aunque habría que ser muy cuidado en lo que la ley establece, pues literalmente dice: podrán más no DEBERÁN, cabe indicar también que las pruebas a que alude el artículo impugnado, entre otras son: "pruebas psicológicas, toxicológicas y poligráficas", con las que serán susceptibles de medir con certeza, las condiciones físicas y mentales en que se encuentra cualquier ciudadano que pretenda o desee registrarse como candidato a cualquier cargo de elección popular. Aquí, verdaderamente llama la atención que alguien se moleste o tenga miedo de que como producto del examen psicológico resulte que es un verdadero desquiciado, psicópata, sádico, masoquista, sadomasoquista, mitómano u otras derivadas de este padecimiento; qué miedo tendrán esos impugnadores a que derivado del examen toxicológico resulte que los aspirantes a candidatos resulten verdaderos drogadictos, en fin, lo de la prueba poligráfica, creo que no hubiera habido uno solo que la aprobara debido a que esos señores se nutren de la mentira y se alimentan del hambre de un pueblo.
Pero nosotros nos chatearemos la próxima edición.

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