viernes, 24 de septiembre de 2010

Detienen a dos personas
cuando transportaban
sustancias químicas para elaborar telas sintéticas, alcoholes y detergentes.


Fredy Martín Pérez.
Frontera Comalapa, Chis; 23 de septiembre.- La Procuraduría General de la República consignó a dos personas que fueron detenidas por la Policía Federal (PF), cuando transportaban en un tráiler, sustancias químicas para elaborar telas sintéticas, alcoholes y detergentes.
Los dos detenidos transportaban a bordo de un tráiler con placas de Servicio Público Federal, con placas 981UN2, del Estado de México, 52 tambos con 200 litros de anhídrido acético, sustancia que sirve para fabricar telas sintéticas, alcoholes, detergentes y medicinas.
Además llevaban cuatro recipientes con 40 litros con ácido clorhídrico, es decir cloro.
Además un tambo con yodo, sustancia que puede usarse como colorante.
Los detenidos identificados como Luis Alberto Juárez Gómez y Leodegario González González, fueron interceptados en el tramo carretero La Trinitaria-Chamic, por elementos de la PF.
Al parecer el trailer tenía como destino Guatemala y pretendía ingresar por el cruce fronterizo subrepticio de El Sabinalito.
Cuando realizaron una revisión en la unidad, encontrar las sustancias químicas, por lo que los agentes procedieron a consignar a los detenidos, ante un agente del ministerio público de Comitán.
Los reporteros trataron de indagar con los agentes federales el motivo de la detención de los hombres y el tráiler con la sustancia, pero los oficiales respondieron que habían sido detenidos porque no llevaban “sus papeles en regla”.
Pero la versión de los agentes de la PF, era mentira y se trataba del arresto de dos hombres con el cargamento de sustancias químicas, que llevaban a poner a disposición del representante social de Comitán, que abrió la averiguación previa AP/PGR/CHIS/COM/13/2010.
En las recientes horas, los dos detenidos fueron puestos a disposición de un juez, que ordenó su reclusión en el penal 10 de Comitán. A los detenidos se les acusa de la presunta responsabilidad en la comisión del delito contra la salud, en la modalidad de colaborar de cualquier manera al fomento para posibilitar la ejecución de algún delito contra la salud.

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