miércoles, 22 de mayo de 2013


Ordena Corte revisar procesos por secuestro y trata
Ordena SCJN revocar sentencias por secuestro y trata de personas fundamentadas en leyes estatales, y que PGR les inicie proceso con base a la ley federal

CIUDAD DE MÉXICO, México, mayo 21, 2013.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que a todos los presos, acusados de secuestro o trata de personas, que fueron sentenciados con base en leyes estatales, se les revocará la sentencia o el auto de formal prisión y la Procuraduría General de la República (PGR) les inicie un nuevo procedimiento judicial.
Esto a consecuencia de un error legislativo que cometieron algunos congresos estatales.
El 13 de mayo, el pleno de la Suprema Corte determinó que los congresos estatales no tienen facultades para tipificar los delitos de secuestro y trata de personas, porque se trata de delitos federales que sólo el Congreso de la Unión puede tipificar.
En 2011 y 2012, los congresos estatales de Coahuila, Aguascalientes, Baja California Sur y Colima aprobaron reformas a sus códigos penales para tipificar estos delitos. 
La Suprema Corte concluyó que esas reformas son inconstitucionales.

Los ministros explicaron que en el 2011 el Congreso de la Unión tipificó el secuestro como un delito federal. Para castigar este delito, en febrero de 2011, entró en vigor la Ley General para Prevenir y Sancionar los delitos en materia de Secuestro, que castiga este delito con cadena perpetua.
Y en junio de 2012 entró en vigor la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas, que castiga hasta con 40 años de prisión a quien esclavice a otra persona.
Este martes, por mayoría de votos, los ministros ordenaron que los casos de los presos, acusados de trata de personas o secuestro, que fueron juzgados con base a esas reformas estatales, sean turnados a la PGR para que integre de nueva cuenta los expedientes.
Sergio Valls, ministro de la SCJN, señaló: «declaramos la invalidez con efectos retroactivos de las normas que se impugnan y que debe precisarse que los procesos penales iniciados con fundamento en estas normas se encuentran viciados de origen».
Serán juzgados con base a la Ley Federal vigente en el momento en que fueron consignados.
Los ministros aseguran que su decisión estableció un blindaje legal para impedir que los acusados por estos delitos obtengan su libertad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario