viernes, 17 de mayo de 2013


Marcha por la Igualdad y Contra la Homofobia. 
Los manifestantes demandaran también que se legisle sobre el matrimonio igualitario y una ley sobre identidad de género
Viernes 17 de mayo a partir de las 5 de la tarde. Del Parque Bicentenario al Parque Central.
COLECTIVO RED ABIERTA

EL 17 DE MAYO DE 1990 LA O.M.S. RETIRÓ LA HOMOSEXUALIDAD DE LA CLASIFICACIÓN ESTADÍSTICA INTERNACIONAL DE ENFERMEDADES Y OTROS PROBLEMAS DE SALUD. ESTA EXCLUSIÓN DE LA LISTA DE ENFERMEDADES MENTALES FUE SUGERIDA POR EL RESTO DE LAS ORGANIZACIONES MÉDICAS DEL MUNDO. DESDE ENTONCES LOS HOMOSEXUALES YA NO PUEDEN SER DISCRIMINADOS POR CONSIDERARLOS ENFERMOS O TRASTORNADOS, NI TIENEN QUE SUFRIR LAS PELIGROSAS TERAPIAS DE REORIENTACIÓN SEXUAL.
"EL DIA FUE LANZADO CON LA IDEA DE CREAR UNA COMUNIDAD MUNDIAL DE ACTIVISTAS Y PERSONAS COMPROMETIDAS QUE COMPARTAN EL IDEAL DE UN MUNDO SIN HOMOFOBIA,  , BIFOBIA, LESBOFOBIA Y TRANSFOBIA EN EL CUAL CADA PERSONA PUEDA VIVIR LIBREMENTE SU ORIENTACIÓN SEXUAL, Y LA IDENTIDAD SEXUAL QUE ÉL O ELLA ELIJA"
CONSTITUCIÓN  DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
ARTÍCULO 1o.    TODAS     LAS    PERSONAS    GOZARÁN   DE   LOS   DERECHOS
HUMANOS   RECONOCIDOS   EN LA CONSTITUCIÓN   DEL  ESTADO   MEXICANO
 ASÍ  COMO  DE  LAS   GARANTÍAS   PARA   SU  PROTECCIÓN   CUYO  EJERCICIO  NO
PODRÁ  RESTRINGIRSE  NI  SUSPENDERSE.

TODAS   LAS  AUTORIDADES,  TIENEN LA  OBLIGACIÓN   DE  PROMOVER , RESPETAR, 
PROTEGER   Y   GARANTIZAR  LOS DERECHOS  HUMANOS   EN  CONSECUENCIA , EL 
ESTADO      DEBERÁ    PREVENIR,   INVESTIGAR,    SANCIONAR     Y    REPARAR      LAS  
VIOLACIONES  A  LOS   DERECHOS   HUMANOS.

SE ENTIENDE POR DISCRIMINACIÓNTODA DISTINCIÓN, EXCLUSIÓN O RESTRICCIÓN
QUEDA PROHIBIDA TODA  DISCRIMINACIÓN  MOTIVADA POR ORIGEN ÉTNICO, NACIONAL O REGIONAL, EL GÉNERO, LA EDAD, LAS DISCAPACIDADES, LA CONDICIÓN SOCIAL O ECONÓMICA, LAS CONDICIONES DE SALUD, EL EMBARAZO, EL IDIOMA, LAS IDEOLOGÍAS O CREENCIAS RELIGIOSAS, LAS OPINIONES, LAS PREFERENCIAS SEXUALES, EL ESTADO CIVIL, EL TRABAJO DESEMPEÑADO, LAS COSTUMBRES, LA RAZA, EL COLOR, LOS PATRONES DE CONDUCTA SOCIAL, O CUALQUIER OTRA, TENGA POR OBJETO IMPEDIR, MENOSCABAR O ANULAR EL RECONOCIMIENTO O EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES DE LOS INDIVIDUOS Y LA IGUALDAD REAL DE OPORTUNIDADES DE ESTOS ÚLTIMOS.
EN CHIAPAS TENEMOS UNA LEY QUE NOS PROTEGE, CONOCELA Y EGERCELA. 
LEY QUE PREVIENE Y COMBATE LA DISCRIMINACION EN EL ESTADO DE CHIAPAS



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