viernes, 15 de marzo de 2013

Chispero  político
EL DEBIDO PROCESO, TALON DE AQUILES DE LAS PROCURADURIAS MEXICANAS
Ni duda cabe que miles y miles de internos se han dado cuenta ya que el talón de Aquiles de todas las procuradurías generales de justicia de las entidades del país y la Procuraduría General de la República, es la deficiencia adornada o su gran debilidad se llama "El debido proceso". Según datos vertidos por agentes de ministerios públicos y jueces locales, admiten que de cada 10 procesos que se inician, ocho tienen serias deficiencias pero que ellos no las subsanan porque la mayor parte de veces, dejan que sea la defensa que la combata en el juicio de amparo, bajo el argumento clásico de "hay que se vaya", otros porque hay línea verde para encarcelar a determinadas personas y sólo dos de cada 10 casos se ajustan al debido proceso y no porque el ministerio público haya hecho una labor adecuada sino porque los abogados de la parte demandante son los que argumentan, fundamentan, pruebas y confrontan todas las pruebas. Ante dicha afirmación, algunos abogados podrían inquirir ¿por qué hasta ahora se empieza a hacer notoria esa deficiencia en las procuradurías?, la respuesta sería que si la defensa de acusado no se percata, solamente tiende a atacar alguna de las partes del debido proceso pero no hace una revisión integral del todo, incluso desde el inicio de la integración de la averiguación previa. En fin, con la modernización que sufre el sistema procesal mexicano, que pasa de ser juicios escritos a orales, los problemas se irán acrecentando debido a que en esos gajes, entran una serie de fenómenos que van desde la buena memoria, la oratoria, las habilidades de persuasión entre otras, en las que los abogados tendremos que abrirnos caminos muy adversos a los que estamos acostumbrados. Un solo curso no será suficiente como para cantar victoria de que hemos aprendido la práctica en los juicios orales aunque no se cree que sea difícil para todos aquellos que conjugamos otras habilidades con el ejercicio del derecho.
DEBE CREARSE LA FIGURA DE DELITO SOCIAL PARA FUNCIONARIOS
Muchas han sido las voces de juristas destacados hasta los más humildes litigantes que se han pronunciado a favor de la creación de una figura jurídica que se denomine "Delitos Sociales para Funcionarios" que castigue a todos aquellos funcionarios encargados de procurar y administrar justicia que por negligencia, apatía o ineptitud provoquen la más despreciable violación de derechos humanos al querellarse, procesar y sentenciar a una persona de forma maliciosa, tendenciosa y que ésta ya sea durante el proceso o posterior a la sentencia demuestre fehacientemente su absoluta inocencia en el cargo por el que está siendo procesado o haya sido sentenciado. Ya se hace necesario que ministerios públicos y jueces se les suprima la impunidad o inmunidades legales que hasta ahora, y por su ineptitud, han  causado, en reiteradas veces, el desastre total de gran cantidad de familias, el daño a la sociedad y el descredito a las instituciones mexicanas de procuración y administración de justicia. Quiero aclarar que la procuración de justicia es un mero trámite administrativo que se inicie en las agencias del ministerio público y que la instancia superior a éste es el Procurador y de éste último el gobernador del Estado. A excepción de la administración de justicia que se inicia en los juzgados en general y que éstos tienen como inmediatos superiores a los magistrados y ministros si fuera del fuero federal. De donde vengan o procedan, cada que un inocente es encarcelado injustamente, siempre se causará la disolución casi total de la familia, de su patrimonio, segregación de sus amistades y destruye su refutación y otras virtudes; si la mala integración o desahogo de un expediente, de forma dolosa o premeditada provoque que verdaderos delincuentes alcancen su libertad, los funcionarios ineptos causan un verdadero daño social porque no están combatiendo el delito sino fomentando la impunidad y además provocan descredito a las instituciones del Estado y a sus gobernantes. Como casos referenciales como para incluir ya una figura jurídica en los códigos penales por daño social cometida por funcionarios de procuración y administración de justicia,  tenemos el más mentado como el de Florence Casez y el último en perjuicio de Marcos Arias Pérez, quien desde 1997, se encontraba sentenciado a varios años de prisión, pero que al someterse el juicio a la SCJN, éste determinó que sí hubo violación del debido proceso, por lo que ordenó la inmediata libertad. En el caso de Florence Casez, se violentó el derecho a la justicia de las personas que fueron secuestrados y mutilados y no precisamente porque la Corte haya declarado que no había delito que perseguir contra la francesa sino porque hubo notorios errores en el debido proceso; en el caso del indígena tzotzil Arias Pérez, hubo una verdadera injusticia en el manejo del debido proceso al encarcelarse por muchos años y a pesar que los juzgadores y acusadores sabían de antemano que habían errores en el proceso, fallaron en contra del indígena, acabando con la familia del falsamente inculpado por el gobierno de Chiapas, y causando un verdadero daños social ya que no se sancionó a él o los verdaderos asesinos del problema de Acteal Chiapas. A pesar de todo, tanto los querellantes, con sus falsas, tendenciosas y dolosas pruebas, como los juzgados que las validaron a sabiendas que era un juicio montado desde el segundo piso de palacio de gobierno de Chiapas, fallaron contra la verdadera razón y esos querellantes y juzgadores, allí se encuentran, dentro de la procuración y administración de justicia, gozando de esa impunidad e inmunidad legal, premiando la ineptitud manifiesta y el trabajo sucio, por lo que al crear esa figura jurídica de "Delito Social", los funcionarios ineptos y no el Estado, deben pagar una sanción pecuniaria o privativa de la libertad su ineptitud y solo de esa manera el mismo Estado impedirá las injusticias manifiestas desde los púlpitos del poder, acciones cometidas contra aquellos hombres (jueces y ministerios públicos) que hoy gozan del monopolio de la justicia y de impunidad e inmunidad legal.
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