miércoles, 15 de febrero de 2012



EN CHIAPAS, NO A LOS MATRIMONIOS ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO: COMUNIDAD LESBICO - GAY.
(*) Sí, a la igualdad de derechos y no a la discriminación.

Augusto Solórzano López
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, martes 14 de febrero 2012.- La comunidad sexual de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT), al entregar sendos documentos a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, así como a Derechos Humanos, pidieron garantizar el principio igualdad y el derecho a la no discriminación, como también reconocieron avances en las leyes de Chiapas.
Los diversos colectivos y en el marco de sus planteamientos sobre libertades, derechos y responsabilidades, descartaron por el momento "los matrimonio gay" o en general de bodas entre personas del mismo sexo; sin embargo acuñaron que puede ser más adelante.
El grupo en número considerable, se fortaleció incluso por estudiantes de bachillerato que obviamente pertenecen a la comunidad lesbico - gay. Luego de una hora de manifestación, finalmente fueron atendidos por la Presidenta de la Comisión de Juventud y Deporte de la LXIV Legislatura, Silvia Arely Díaz Santiago.
Cruzaron comentarios con ella y le entregaron un documento donde formalizan sus inquietudes; posteriormente se dirigieron a Palacio de Gobierno en dónde hicieron lo mismo y para concluir repitieron la dosis ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
La legisladora Silvia Arely, les expresó: "Estoy con ustedes, cuenten conmigo y trataré de impulsar las inquietudes de su comunidad y (en sus breves palabras) se pronuncio a favor de este grupo y por una cultura de inclusión".
El grupo reclama hacer válidas las reformas a la "Ley que previene y combate la discriminación en el estado de Chiapas" y hacer efectivo el Art. 1º., de la Constitución de la República.
ARTICULO 1o. EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TODAS LAS PERSONAS GOZARAN DE LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN ESTA CONSTITUCION Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL ESTADO MEXICANO SEA PARTE, ASI COMO DE LAS GARANTIAS PARA SU PROTECCION, CUYO EJERCICIO NO PODRA RESTRINGIRSE NI SUSPENDERSE, SALVO EN LOS CASOS Y BAJO LAS CONDICIONES QUE ESTA CONSTITUCION ESTABLECE.
Reconocen los avances en materia de leyes y penalización sobre, los delitos contra la dignidad de las personas y sanción para quienes cometan actos que inciten a la violencia, odio, negación de servicios, nieguen o restrinjan los derechos laborales por motivo de alguna característica específica de una persona.
Sin embargo -dicen- las situaciones de discriminación que enfrentan ciertos grupos por orientación o preferencia sexual e identidad de género, es decir por homofobia, lesbofobia o transfobia, que se traducen desde la negación de servicios o solicitud de abandonar espacios públicos.
"Negar las oportunidades de empleo, el acoso por servidores públicos como policías o vigilantes bajo el argumento de "delitos contra la moral pública" hasta actos de violencia física o sexual en algunos casos, que por temor no suelen denunciarse".
Se sitúan como un sector vulnerable y sujetos a la discriminación pero también a abusos o violaciones a sus derechos humanos elementales al igual que las mujeres, las personas viviendo con VIH, las personas con discapacidad o la población indígena.

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