COMENTARIO A TIEMPO
CONFLICTO
Es de coincidirse con el punto de vista de que la resolución de la Corte en el caso Cassez tuvo dos aristas: cumplir exactamente con lo que ordenan nuestras leyes en lo que se refiere a los Derechos Humanos y desde luego desactivar un conflicto político, que en este caso, era de carácter internacional.
En la víspera, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tomó un sesgo diferente en cuanto al conflicto de los electricistas, que sin duda se hará más agudo, no obstante que en su resolución se dio cumplimiento a lo que ordena la Constitución.
En efecto, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación negó el amparo al Sindicato Mexicano de Electricistas, SME, o en otras palabras, revocó el amparo que le había otorgado un Tribunal Colegiado, el cual había determinado que la Comisión Federal de Electricidad, CFE, era el patrón sustituto de los extrabajadores de la extinta Compañía de Luz y Fuerza del Centro.
La historia se remonta a aquella decisión de fecha 11 de octubre de 2009, del entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa, de extinguir la mencionada empresa paraestatal.
A los propios trabajadores los tomó por sorpresa, puesto que el operativo fue tan bien calculado que no dio tiempo a los electricistas de defender, para su causa, las propias instalaciones.
Los ministros tuvieron una base sólida para negarse a conceder el amparo puesto, ya que antes el más alto Tribunal de la Nación había validado la decisión del Ejecutivo Federal de desaparecer dicha compañía de luz.
Desde el mismo ponente, ministro Luis María Aguilar estableció en su proyecto que el Tribunal Colegiado interpretó de manera incorrecta la naturaleza de la relación laboral entre el presidente de la República y los trabajadores de cualquier organismo público descentralizado, como fue en su caso los de Luz y Fuerza del Centro.
En vista, insistió, de que dichos organismos descentralizados tienen personalidad jurídica y patrimonios propios, y en esas condiciones establecen en forma directa las relaciones obrero patronales.
Por lo tanto, la sala no entró al análisis de sí la Comisión Federal de Electricidad debería ser el patrón sustituto de los ex trabajadores, ya que es ajena al contrato de relación laboral.
La reacción del sindicato fue de rechazo a la decisión jurídica del tribunal y de inmediato tomo las calles para manifestar su enojo.
Seguramente se sustentó en base jurídica de la decisión de la corte, pero deja un conflicto enorme al actual Gobierno federal que preside Enrique Peña Nieto, son más de 16 mil trabajadores cesantes que no aceptaron su liquidación y que están en una lucha terriblemente desigual. ¡Vaya conflicto!
Periodista y escritor. Secretario de Desarrollo Social de FELAP y Presidente fundador y vitalicio honorario de FAPERMEX. Agradeceré Sus comentarios y críticas en teodoro@libertas.com.mx, teodororenteriaa@gmail.com y felapvicemex@hotmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.mx, y www.clubprimeraplana.com.mx
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