jueves, 16 de agosto de 2012
Confirma el TJEA los resultados de la elección en los municipios de Tuzantán, Coapilla, Metapa de Domínguez, Frontera Comalapa y Tila y revoca Motozintla
El Pleno del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas, en sesión pública celebrada la tarde del miércoles 15 de agosto del año en curso, resolvió los Juicios de Nulidad Electoral correspondientes a los municipios de Tuzantán, Coapilla, Metapa de Domínguez, Frontera Comalapa, Tila y Motozintla, en los que los promoventes impugnaban los resultados de la elección.
En el Juicio de Nulidad Electoral con clave TJEA/JNE-M/16-PL/2012 y su acumulado TJEA/JNE-M/100-PL/2012, interpuesto por Octavio Rojas López, representante suplente del Partido Acción Nacional, los Magistrados resolvieron confirmar los resultados consignados en el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la Constancia de Mayoría y Validez expedida a la planilla ganadora de la contienda para la Presidencia Municipal del municipio de Tuzantán, Chiapas, para el periodo 2012-2015, encabezada por Joaquín Miguel Puón Carballo, candidato del Partido Verde Ecologista de México.
En lo que respecta al JNE con clave TJEA/JNE-M/59-PL/2012, promovido por Manolo Pérez Arévalo, representante propietario de la Coalición Movimiento Progresista Por Coapilla, acordaron confirmar los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la Constancia de Mayoría y Validez a la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional, efectuado por el Consejo Municipal Electoral de Coapilla, Chiapas.
Respecto del JNE TJEA/JNE-M/61-PL/2012, interpuesto por Guadalupe Concepción Mundo Ochoa, representante propietario del Partido Verde Ecologista de México, resolvieron confirmar los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la Constancia de Mayoría y Validez expedida a la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional, en el municipio de Metapa de Domínguez, Chiapas.
En el Juicio TJEA/JNE-M/76-PL/2012, interpuesto por Gilberto Reynaldo Ramírez, Ramírez, representante propietario del PVEM, los juzgadores acordaron confirmar los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la Constancia de Mayoría y Validez expedida a favor de la planilla postulada por el Partido Nueva Alianza, en el municipio de Frontera Comalapa, Chiapas.
En lo concerniente al expediente TJEA/JNE-M/81-PL/2012, promovido por Pablo Pérez Gutiérrez, representante propietario del PRI, confirmaron los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la Constancia de Mayoría y Validez expedida a favor de la planilla postulada por el PVEM, en el municipio de Tila, Chiapas, encabezada por Límber Gregorio Gutiérrez Gómez.
En el Juicio con clave alfanumérica TJEA/JNE-M/72-PL/2012 y su acumulado TJEA/JNE-M/89-PL/2012, resolvieron revocar los resultados asentados en el acta circunstanciada de la Sesión Permanente para dar seguimiento a la sesión de cómputo municipal y la declaratoria de validez de la elección de miembros de ayuntamiento y la entrega de la Constancia de Mayoría y Validez, los resultados consignados en el Acta de Cómputo Municipal de dicha elección, así como la Constancia de Mayoría y Validez expedida a la planilla registrada por la Coalición Movimiento Progresista por Motozintla, integrada por el PRD, PT y MC, encabezada por Víctor Lavalle Cuevas, y, en consecuencia, con fundamento en el artículo 332 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, confirmaron la validez de la elección de miembros de Ayuntamiento celebrada el uno de julio del año que transcurre y electa la planilla postulada por el PVEM, encabezada por Óscar René González Galindo; asimismo, ordenaron al Consejo General del IEPC realizar la entrega de la Constancia de Mayoría y Validez, en un término de 48 horas, a la planilla de referencia.
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